Volver al trabajo tras una baja médica puede generar muchas dudas, sobre todo cuando el contrato está próximo a finalizar o ya ha finalizado. ¿Qué ocurre con el paro si estaba de baja médica? ¿Tengo derecho a prestación por desempleo tras reincorporarme? ¿Y si me despiden justo al volver?
En esta guía actualizada a 2025, te explicamos qué situaciones puedes encontrar y qué derechos tienes según el SEPE y la normativa laboral.

🔹 ¿Qué pasa con el paro si estaba de baja médica al terminar el contrato?

Cuando una persona se encuentra en situación de incapacidad temporal (IT) y su contrato finaliza, no pasa automáticamente al paro. Lo que sucede es:

  • La persona continúa cobrando la baja médica, pero no del empleador, sino del INSS o la mutua colaboradora.
  • Una vez se obtiene el alta médica, se puede solicitar el paro si se cumplen los requisitos generales:
    • Tener cotizaciones suficientes (al menos 360 días en los últimos 6 años).
    • Estar en situación legal de desempleo.

🔹 ¿Y si me reincorporo al trabajo tras una baja y luego me despiden?

Este es un caso habitual:

Sí puedes cobrar el paro. Si te reincorporas y posteriormente finaliza tu contrato (por despido o fin de contrato temporal), se abre el derecho a paro si tienes las cotizaciones requeridas.

💡 Importante: No se pierde el derecho al paro por haber estado de baja, aunque hayas estado meses sin trabajar durante la incapacidad.

🔸 ¿Es obligatorio reincorporarse tras el alta médica?

Sí. Si el INSS emite un alta médica, estás obligado/a a reincorporarte en la fecha establecida. Si el contrato sigue en vigor, la empresa debe readmitirte.

🔹 Si no te reincorporas, puedes estar incurriendo en una baja voluntaria o abandono del puesto, y eso sí impide cobrar el paro.

🧾 Ejemplo práctico:

Situación:

  • María estaba de baja por enfermedad común desde enero de 2025.
  • Su contrato temporal finaliza el 15 de abril de 2025.
  • Recibe alta médica el 1 de junio de 2025.

¿Qué pasa?

  • María cobra la baja médica desde abril a junio (vía INSS/mutua).
  • Una vez tiene el alta, puede solicitar el paro dentro de los 15 días hábiles posteriores.

🔹 ¿Qué documentos necesito para pedir el paro tras la baja?

  1. DNI o NIE.
  2. Certificado de empresa.
  3. Informe de alta médica (si aún no consta en el sistema).
  4. Inscripción como demandante de empleo.

🟩 El trámite se puede hacer online en la sede electrónica del SEPE o en la oficina presencial (con cita previa).

❓ Preguntas frecuentes

¿Puedo solicitar el paro estando de baja?
No. Se solicita tras el alta médica.

¿Me cuentan como cotizados los meses que estuve de baja?
Sí, los días en IT cuentan como cotización a efectos del paro.

¿Y si estoy en baja por accidente laboral?
Funciona igual, pero la prestación durante la baja es mayor (75% del salario base).

✅ Recomendaciones finales

  • Solicita el paro dentro de los 15 días hábiles tras el alta.
  • Asegúrate de tener toda la documentación lista.
  • En caso de duda, consulta con el SEPE o un asesor laboral (como nosotros 😉).

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