La llegada de un hijo supone un momento muy especial, pero también implica realizar algunos trámites administrativos. Afortunadamente, hoy es posible solicitar la prestación por nacimiento y cuidado de menor (conocida popularmente como baja por maternidad o paternidad) sin necesidad de acudir a una oficina de la Seguridad Social.
En esta guía encontrarás todos los pasos explicados de forma sencilla, qué documentación necesitas, cómo presentar la solicitud desde el móvil o el ordenador y qué hacer si surge algún problema durante el proceso.
¿Qué es la baja por maternidad o paternidad?
Aunque muchas personas siguen utilizando los términos «baja por maternidad» y «baja por paternidad», actualmente ambas prestaciones se encuentran unificadas bajo la prestación por nacimiento y cuidado de menor.
Se trata de una prestación económica gestionada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que permite al trabajador suspender temporalmente su actividad laboral para cuidar de su hijo tras el nacimiento, adopción, guarda o acogimiento.
Durante este periodo, el trabajador percibe, con carácter general, el 100 % de su base reguladora, siempre que reúna los requisitos establecidos legalmente.
¿Quién puede solicitarla?
Pueden solicitar la prestación las personas que:
- Trabajen por cuenta ajena.
- Sean trabajadores autónomos.
- Estén afiliadas y en situación de alta o asimilada al alta.
- Cumplan el período mínimo de cotización cuando sea exigible según la edad del solicitante.
En algunos supuestos, especialmente para trabajadores jóvenes, la ley reduce o incluso elimina el requisito de cotización.
¿Qué necesitas antes de empezar?
Antes de iniciar la solicitud conviene tener preparados:
✅ DNI o NIE.
✅ Certificado digital, Cl@ve Permanente, Cl@ve PIN o DNI electrónico.
✅ Certificado o parte de nacimiento del bebé (habitualmente la información ya llega electrónicamente desde el hospital).
✅ Número de cuenta bancaria donde deseas recibir la prestación.
✅ Datos de la empresa si fueran necesarios.
En la mayoría de los casos no es necesario aportar el libro de familia.
¿Se puede hacer completamente por Internet?
Sí.
La Seguridad Social permite realizar todo el procedimiento de forma telemática durante las 24 horas del día.
Puedes hacerlo desde:
- Un ordenador.
- Una tablet.
- Un teléfono móvil.
No necesitas desplazarte a ninguna oficina salvo que exista alguna incidencia.

Cómo solicitar la baja por maternidad o paternidad paso a paso
Paso 1. Accede a la Sede Electrónica de la Seguridad Social
Entra en la Sede Electrónica y busca el trámite denominado:
Prestación por nacimiento y cuidado de menor.
Paso 2. Identifícate
Puedes acceder mediante:
- Cl@ve Permanente.
- Cl@ve PIN.
- Certificado digital.
- DNI electrónico.
Si todavía no dispones de ninguno de estos sistemas, es recomendable obtener Cl@ve o un certificado digital antes del nacimiento.
Paso 3. Comprueba tus datos personales
Antes de continuar verifica que:
- Nombre.
- Dirección.
- Teléfono.
- Correo electrónico.
- Cuenta bancaria.
Todo debe aparecer correctamente.
Si observas algún error conviene corregirlo antes de presentar la solicitud.
Paso 4. Rellena la solicitud
El formulario solicitará información como:
- Fecha de nacimiento del menor.
- Tipo de prestación.
- Datos laborales.
- Empresa.
- Inicio del descanso.
Lee cada apartado con calma antes de continuar.
Paso 5. Adjunta la documentación
Si el sistema la solicita, incorpora los documentos necesarios.
Los formatos más habituales son:
- JPG
- PNG
Es recomendable que los archivos sean perfectamente legibles.
Paso 6. Firma y presenta
Una vez revisado todo:
- Firma electrónicamente.
- Envía la solicitud.
El sistema generará un justificante.
Guárdalo.
Será la prueba de que has presentado correctamente la solicitud.
¿Cuánto tarda la resolución?
Aunque cada expediente puede ser diferente, lo habitual es que la Seguridad Social resuelva la solicitud en un plazo relativamente breve si no existen incidencias.
Si falta documentación o hay algún error, el plazo puede alargarse hasta que se subsane.
¿Cómo consultar el estado de la solicitud?
Puedes comprobar el estado del expediente desde la propia Sede Electrónica.
Habitualmente aparecerán estados como:
- Presentada.
- En tramitación.
- Resuelta.
- Pendiente de documentación.
También recibirás notificaciones electrónicas cuando proceda.
Ejemplo práctico 1
Laura trabaja como administrativa.
Su hijo nace el lunes.
El hospital comunica electrónicamente el nacimiento.
Al día siguiente entra desde su móvil en la Sede Electrónica utilizando Cl@ve.
Completa el formulario en aproximadamente quince minutos.
Recibe inmediatamente el justificante de presentación.
Días después la Seguridad Social aprueba la prestación y comienza a percibir el importe correspondiente.
Todo el procedimiento se realiza sin acudir a ninguna oficina.
Ejemplo práctico 2
Carlos es trabajador autónomo.
Accede mediante certificado digital.
Introduce sus datos.
Adjunta la documentación requerida.
Firma electrónicamente.
Una semana después consulta el expediente y comprueba que la prestación ya está reconocida.
Errores más frecuentes
No tener un sistema de identificación electrónica
Es el problema más habitual.
Solución: obtener previamente Cl@ve o certificado digital.
Cuenta bancaria incorrecta
Un simple error en el IBAN puede retrasar el pago.
Revisa cuidadosamente todos los números.
Documentos ilegibles
Fotografías borrosas o archivos incompletos pueden provocar un requerimiento de subsanación.
Utiliza siempre documentos perfectamente escaneados.
No guardar el justificante
Muchas personas cierran la página sin descargar el comprobante.
Siempre guarda una copia en PDF.
Preguntas frecuentes
¿Puedo hacer todo el trámite desde el móvil?
Sí. La Sede Electrónica está adaptada para dispositivos móviles.
¿Tengo que pedir cita previa?
No.
Si realizas el trámite por Internet no necesitas acudir presencialmente.
¿Puede presentar la solicitud otra persona?
Sí, siempre que actúe como representante y cumpla los requisitos de representación electrónica establecidos.
¿Qué ocurre si la empresa todavía no ha comunicado algunos datos?
En determinadas situaciones la Seguridad Social podrá requerir información adicional antes de resolver el expediente.
¿La prestación tributa en el IRPF?
Actualmente esta prestación está exenta del IRPF, de acuerdo con la normativa vigente.
Consejos antes de enviar la solicitud
✔ Comprueba que todos los datos personales sean correctos.
✔ Revisa la cuenta bancaria.
✔ Guarda el justificante de presentación.
✔ Conserva toda la documentación hasta la finalización del expediente.
✔ Consulta periódicamente el estado de la solicitud.
Conclusión
Solicitar la prestación por nacimiento y cuidado de menor de forma online es un trámite relativamente sencillo si se prepara la documentación con antelación y se dispone de un sistema de identificación electrónica como Cl@ve o un certificado digital. Realizar el proceso desde casa permite ahorrar tiempo, evitar desplazamientos y hacer un seguimiento del expediente de forma cómoda.
Aviso legal: Esta guía tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento jurídico personalizado. La normativa y los procedimientos administrativos pueden modificarse, por lo que conviene verificar siempre la información actualizada en la Sede Electrónica de la Seguridad Social o consultar con un profesional especializado cuando existan circunstancias particulares.

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