La última reforma ha reducido los subsidios por desempleo a 5 tipos de subsidio que se pueden solicitar en 2025.

Todos los subsidios por desempleo que puedes percibir en 2025
Todos los subsidios por desempleo que puedes solicitar en 2025

Todos los subsidios por desempleo que puedes solicitar en 2025 después de la última reforma.

Tipos de subsidio por desempleo a percibir

  1. Subsidio para mayores de 52 años.
  2. Subsidio por agotamiento de la prestación contributiva.
  3. Subsidio por cotización insuficiente para la prestación contributiva.
  4. Subsidio de personas emigrantes retornadas.
  5. Subsidio para víctimas de violencia de género.

Los subsidios por desempleo se conceden a personas inscritas como demandantes de empleo y con carencia de rentas. Para poder percibir estos subsidios los ingresos mensuales de la persona deben ser menores al 75% del SMI.

Para percibir este subsidio debe estar inscrito como demandante de empleo.

¿Cuál es la cuantía de los subsidios por desempleo?

Desde la última reforma la cuantía varía en función del tiempo que se perciba este subsidio. Se cobra más al principio y a lo largo del tiempo va bajando la cuantía.

La cuantía comenzará por 570 euros los primeros 6 meses y se irá reduciendo progresivamente.

¿Cómo solicito los subsidios por desempleo?

Estos subsidios se solicitan a través del SEPE, puede hacerse de forma presencial o a través de su sede electrónica.

Estos subsidios son compatibles con ayudas por hijo a cargo y otras de otras materias.


10 respuestas a «Todos los subsidios por desempleo que puedes solicitar en 2025»

  1. Avatar de Noemi Fernandez
    Noemi Fernandez

    Subsidio por cotización insuficiente para la prestación contributiva. Como solicitarlo? Tengo 53 y cobro subsidio de mayores de 52.
    Gracias

    1. Avatar de admin

      ❓ ¿Puedes solicitar el subsidio por cotización insuficiente si ya estás cobrando el subsidio para mayores de 52 años?
      🔴 No.
      No puedes cobrar dos subsidios del SEPE al mismo tiempo, ni cambiar uno por otro si ya estás recibiendo el subsidio para mayores de 52 años, que es el más ventajoso.

      ✅ ¿Por qué es mejor mantener el subsidio de mayores de 52 años?
      Es indefinido: lo cobras hasta la jubilación.

      El SEPE cotiza por ti para la jubilación.

      No tienes que volver a cotizar ni buscar trabajo activamente (solo renovar tu demanda y presentar la declaración anual de rentas).

      No pierdes el subsidio si haces trabajos temporales.

      🟡 ¿Qué es el subsidio por cotización insuficiente?
      Es para personas que han trabajado y cotizado, pero no lo suficiente para cobrar el paro contributivo (prestación por desempleo).

      Requisitos generales:
      Haber cotizado entre 90 y 359 días.

      Estar en situación legal de desempleo (tras un contrato finalizado).

      Inscribirte como demandante de empleo.

      Ingresos bajos: menos del 75 % del SMI (≈810 € netos/mes en 2025).

      Si tienes cargas familiares, puedes cobrarlo hasta 21 meses.

      ⚠️ En tu caso:
      Ya estás cobrando el subsidio para mayores de 52 años, que es más favorable que el de cotización insuficiente.

      👉 Por tanto, no necesitas (ni puedes) solicitar el subsidio por cotización insuficiente, aunque hagas un trabajo corto o pierdas otro empleo. Puedes seguir con el subsidio actual siempre que cumplas los requisitos (renovación de demanda, declaración anual de rentas).

      ✅ ¿Qué debes hacer?
      No pidas el subsidio por cotización insuficiente, porque perderías el de mayores de 52, y no puedes tener los dos.

      Renueva tu demanda de empleo cuando te toque.

      Presenta tu declaración anual de rentas (DAR) cuando el SEPE te lo indique.

      Si trabajas unos días, comunícalo al SEPE, pero puedes reactivar el subsidio después.

  2. Avatar de M Angeles
    M Angeles

    Hay subsidio para las personas que teniendo una incapacidad permanente total, en la revisión se la quitan, se puede cobrar algún tipo de subsidio?

    1. Avatar de admin

      Si te han retirado la incapacidad permanente total tras una revisión, actualmente ya no puedes solicitar el antiguo subsidio por revisión (desaparecido desde el 1 de noviembre de 2024)
      ElHuffPost
      +15
      Campmany Abogados
      +15
      Noticiastrabajo
      +15
      .

      Eso sí, aún te pueden quedar otras prestaciones y subsidios compatibles si estás en desempleo, cumples requisitos y tus ingresos son muy bajos:

      ✅ ¿Qué ayudas puedes solicitar tras perder la incapacidad permanente total?
      🔹 Subsidio por insuficiencia de cotización
      Si no tienes derecho a prestación por desempleo contributiva, puedes optar a un subsidio asistencial.

      Requiere cotizar entre 90 y menos de 360 días según carga familiar; ingresos por debajo del 75 % del SMI (≈810 €/mes)

      🔹 Subsidio para mayores de 52 años (si tienes edad y cotización)
      Si tienes al menos 15 años cotizados (2 de ellos en régimen general) y has cotizado al desempleo 6 años.

      Pagos de ayuda de unos 480 €/mes hasta la edad legal de jubilación, además cotiza a la Seguridad Social

      🔹 Renta Activa de Inserción (RAI)
      Dirigida a personas mayores de 45 años, desempleadas de larga duración con discapacidad ≥ 33 %, emigrantes retornadas o víctimas de violencia.

      Paga aproximadamente 480 €/mes hasta 11 meses
      🔹 Subsidio extraordinario por desempleo (SED)
      Prestación limitada (hasta 6 meses) para quienes no tienen otras ayudas y tienen ingresos bajos.

      No requiere cotización mínima, pero ingresos deben estar por debajo del 75 % del SMI

      ⚠️ ¿Qué no podrás cobrar?
      El subsidio por revisión de incapacidad permanente fue eliminado en noviembre de 2024. Solo lo pueden seguir quienes ya lo estuvieran recibiendo antes de esa fecha

      Tampoco podrás acceder al Ingreso Mínimo Vital (IMV) si ya recibes una pensión contributiva (incluida la incapacidad permanente total)

      📋 ¿Qué debes hacer?
      Inscribirte como demandante de empleo en el SEPE y mantenerlo activo.

      Revisar qué subsidios puedes solicitar según tu edad, cotización, ingresos y situación.

      Solicitar ayuda específica:

      Subsidio Requisitos principales Cuantía aproximada
      Insuficiencia de cotización Cotización insuficiente, ingresos bajos ~480 € / mes
      Mayores de 52 años ≥15 años cotizados y 6 en régimen general, desempleados ~480 € / mes
      RAI ≥45 años, discapacidad ≥33 %, desempleo prolongado ~480 € / mes
      Subsidio extraordinario (SED) Sin otras prestaciones, ingresos bajos ~480 € / mes

      🤝 Solicitar apoyo en servicios sociales o asesoría legal gratuita si necesitas ayuda con los trámites.

      🧾 En resumen
      ❌ No puedes solicitar el subsidio por revisión que existía antes de noviembre de 2024.

      ✅ Pero sí puedes acceder a otras ayudas compatibles como subsidios asistenciales (insuficiencia de cotización, mayores de 52, RAI o SED), siempre que cumplas los requisitos.

      🛑 No puedes solicitar el IMV si ya estás recibiendo una pensión contributiva (como la incapacidad permanente total).

      1. Avatar de Maria

        Hola buenas tardes..
        Explico mi caso. Llevo de 2022 esperando a que me llamará el EVO, para discapacidad. Cobraba una ayuda de rai por estar enferma. Se me acabo la rai en septiembre de 2024 y no pude reactivarla, al no pasar todavía la EVO. Mi edad actualmente es 47 años y ya pasé el 26 de junio la EVO y a la espera de la carta. Me podrían decir si tengo derecho a alguna ayuda.
        Saludos y gracias

        1. Avatar de admin

          📌 TU SITUACIÓN RESUMIDA
          Has estado cobrando la RAI (Renta Activa de Inserción) por enfermedad.

          La RAI terminó en septiembre de 2024 y no la pudiste renovar porque aún no habías pasado el EVI/EVO (tribunal para acreditar discapacidad).

          Ahora ya has pasado la EVO el 26 de junio, pero estás a la espera del resultado.

          Tienes 47 años y no estás cobrando ninguna ayuda actualmente.

          ❓¿PUEDES VOLVER A COBRAR LA RAI O OTRA AYUDA?
          1. ¿Puedo renovar la RAI ahora que ya pasé la EVO?
          Sí, si finalmente te reconocen una discapacidad ≥33% o si tienes informe del SEPE o INSS que reconozca la dificultad de inserción laboral por razones médicas.

          📌 IMPORTANTE: La RAI tiene tres posibles vías de acceso:

          Personas desempleadas víctimas de violencia de género/doméstica.

          Desempleados mayores de 45 años con agotamiento de prestaciones y bajos ingresos.

          Personas con discapacidad ≥33% o con dificultades para trabajar por causas de salud.

          Tú podrías entrar por la tercera vía, una vez te llegue la resolución del EVO, si acreditan:

          Discapacidad igual o superior al 33%, o

          Informe del SEPE que diga que tienes “dificultades especiales de inserción”.

          👉 En cuanto tengas esa resolución, podrás volver a solicitar la RAI, aunque haya pasado tiempo desde la anterior, si cumples los requisitos.

          2. ¿Qué ayudas puedes solicitar ahora mismo mientras esperas la carta del EVO?
          ✅ Opción A: Subsidio por insuficiencia de cotización (si cotizaste algo)
          Si tienes cotizados al menos 3 meses (si tienes hijos) o 6 meses (sin hijos) y no has trabajado después, puedes pedir este subsidio.

          Se cobra durante 3 a 21 meses, según tus cotizaciones.

          ✅ Opción B: Ingreso Mínimo Vital (IMV)
          Si no tienes ingresos o vives en unidad familiar con ingresos bajos.

          Si estás sin ingresos, puedes solicitarlo aunque aún no tengas discapacidad reconocida, y después aportar la resolución del EVO.

          ✅ Opción C: Prestación extraordinaria por desempleo (SEPE)
          Si tienes más de 45 años, no tienes ingresos ni derecho a otro subsidio, podrías optar al subsidio por desempleo para mayores de 45 sin cargas familiares.

          📬 ¿Qué puedes hacer AHORA MISMO?
          Solicita cita en el SEPE o haz consulta en línea para que evalúen tu caso y vean si puedes acceder a otra ayuda mientras esperas.

          Web: https://sede.sepe.gob.es

          Teléfono: 912 738 383

          Prepara documentación para cuando llegue la resolución del EVO:

          Copia del DNI

          Resolución de discapacidad (cuando la recibas)

          Informe médico (si tienes)

          Vida laboral

          Certificado de rentas o declaración responsable

          Consulta en Servicios Sociales de tu ayuntamiento por si te corresponde ayuda de emergencia o asistencia municipal mientras esperas.

          📅 ¿Y si pasa mucho tiempo sin respuesta del EVO?
          Si ya han pasado más de 30-45 días desde la evaluación (26 de junio), puedes:

          Llamar a tu Centro Base de valoración de discapacidad (de tu comunidad autónoma).

          Presentar un escrito solicitando la resolución urgente o el estado del expediente.

  3. Avatar de Maria

    Hola buenas tardes..
    Explico mi caso. Llevo de 2022 esperando a que me llamará el EVO, para discapacidad. Cobraba una ayuda de rai por estar enferma. Se me acabo la rai en septiembre de 2024 y no pude reactivarla, al no pasar todavía la EVO. Mi edad actualmente es 47 años y ya pasé el 26 de junio la EVO y a la espera de la carta. Me podrían decir si tengo derecho a alguna ayuda.
    Saludos y gracias

    1. Avatar de admin

      📌 RESUMEN DE TU SITUACIÓN
      Estabas cobrando la RAI (Renta Activa de Inserción) por enfermedad.

      La ayuda terminó en septiembre de 2024, y no pudiste renovarla porque no habías pasado aún el EVO (tribunal médico para acreditar discapacidad).

      Tienes 47 años.

      Has pasado finalmente el EVO el 26 de junio de 2025, pero estás esperando la resolución.

      Actualmente no estás cobrando ninguna ayuda.

      ✅ OPCIONES DE AYUDA A LAS QUE PUEDES ACCEDER
      1. RAI por discapacidad (renovación)
      Cuando te llegue la resolución del EVO:

      Si te reconocen un grado de discapacidad igual o superior al 33%, podrás volver a solicitar la RAI.

      No importa que hayan pasado varios meses desde que se te acabó la anterior: se considera nuevo acceso si cumples los requisitos.

      La RAI se puede cobrar un máximo de 3 veces (11 meses cada vez), con un periodo de espera de 12 meses entre una y otra, salvo que sea por cambio de vía de acceso (como sería tu caso si accedes ahora por discapacidad).

      🔹 Importante: aunque tengas dudas sobre si te la van a conceder, espera a la resolución y, si es favorable, solicita la RAI cuanto antes.

      2. Ingreso Mínimo Vital (IMV)
      Puedes solicitar ya el IMV sin necesidad de esperar la resolución de discapacidad si:

      Tus ingresos actuales son bajos o inexistentes.

      No tienes empleo ni otra ayuda.

      Vives sola o en unidad familiar con ingresos bajos.

      ➡️ Aunque no tengas todavía el grado de discapacidad confirmado, puedes solicitarlo con la situación actual, y luego añadir la resolución del EVO cuando te llegue, lo cual podría aumentar la cuantía o ayudar a mantenerlo.

      🔗 Solicitud: https://imv.seg-social.es

      3. Ayuda de emergencia social o autonómica
      Mientras esperas:

      Puedes acudir a Servicios Sociales de tu ayuntamiento o comunidad autónoma.

      Puedes pedir una ayuda de emergencia económica por situación de vulnerabilidad.

      Algunas comunidades también tienen rentas mínimas o ayudas complementarias al IMV.

      📬 ¿PUEDES ENVIAR MÁS INFORMES MÉDICOS AL EVO?
      Sí, puedes presentar informes médicos adicionales mientras el expediente está en trámite, si el estado del expediente lo permite.

      🔹 Como ya has pasado el tribunal el 26 de junio, lo ideal es:

      Acudir o llamar al Centro Base donde pasaste el reconocimiento.

      Consultar si todavía pueden adjuntar informes antes de la resolución.

      Si no, una vez te llegue la carta, y si es desfavorable, podrás presentar una reclamación y nuevos informes médicos en el plazo de 30 días.

      ✅ ¿QUÉ DEBES HACER AHORA?
      Solicita el IMV si no lo has hecho ya (si no tienes ingresos estables).

      Reúne todos los informes médicos y guárdalos para:

      Aportarlos si puedes antes de que salga la resolución del EVO.

      Usarlos si tienes que reclamar después.

      Acude a Servicios Sociales para ver si puedes pedir una ayuda puntual.

      Espera la resolución del EVO: si es ≥33 % de discapacidad, solicita la RAI por esa vía.

  4. Avatar de Inmaculada Orellana Jordan
    Inmaculada Orellana Jordan

    Estoy cobrando el subsidio por baja cotizació lo tengo 21 meses.
    En septiembre e mediados me reincorporo al mercado laboral 10 horas a la semana.
    ¿Podría cobrar las dos cosas juntas?

    1. Avatar de admin

      Hola! Sí podrías, te recomiendo que leas la entrada de la página del Complemento de Apoyo al Empleo.

      Un saludo!

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