El subsidio para mayores de 52 años es una de las ayudas más importantes del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en 2025. Está diseñado para personas desempleadas que han trabajado anteriormente, pero no logran reincorporarse al mercado laboral. En esta guía te explicamos todo lo que necesitas saber para solicitar esta ayuda en 2025: requisitos, duración, cuantía y compatibilidades.


¿Qué es el subsidio para mayores de 52 años?

Se trata de una ayuda económica mensual que pueden solicitar personas desempleadas mayores de 52 años que han cotizado lo suficiente para una pensión contributiva, pero aún no tienen acceso a la jubilación.

La principal ventaja de este subsidio frente a otros es que cotiza para la pensión de jubilación, lo que permite al beneficiario seguir acumulando tiempo para su futura pensión.


Requisitos para solicitar el subsidio en 2025

Para poder solicitar esta ayuda en 2025, debes cumplir los siguientes requisitos actualizados por el SEPE:

Requisitos generales:

  • Tener 52 años cumplidos o más en el momento de la solicitud.
  • Estar inscrito como demandante de empleo.
  • Estar en desempleo involuntario (despido, fin de contrato…).
  • Haber agotado la prestación contributiva por desempleo (paro) o no tener derecho a ella.
  • Haber cotizado al menos 15 años al sistema de la Seguridad Social, 2 de ellos dentro de los últimos 15 años.
  • Tener cotizados al menos 6 años al desempleo a lo largo de tu vida laboral.
  • No superar el límite de rentas, que en 2025 es de 810 € mensuales (75 % del SMI en 2025).
  • No haber accedido aún a la jubilación, aunque se cumplan los requisitos para ello.

💡 Importante: Si tienes ingresos por alquileres, pensiones no contributivas o rendimientos del capital, estos se suman a tus ingresos mensuales y pueden influir en el cumplimiento del requisito de rentas.


Cuantía del subsidio para mayores de 52 años en 2025

La cuantía mensual del subsidio es el 80 % del IPREM vigente.

En 2025, el IPREM mensual es de 600 €, por lo que el subsidio asciende a:

👉 480 € al mes.

Este importe se cobra en 12 pagas anuales, sin pagas extra.


Duración del subsidio: ¿Cuánto tiempo se cobra?

Este subsidio se puede cobrar hasta la edad ordinaria de jubilación, siempre que se sigan cumpliendo los requisitos.

La edad ordinaria de jubilación en 2025 varía según los años cotizados:

  • 65 años con 38 años o más cotizados.
  • 66 años y 8 meses si no llegas a los 38 años cotizados.

📌 El subsidio puede ser interrumpido si se deja de cumplir algún requisito (por ejemplo, superar el límite de rentas o dejar de sellar el paro).


Cómo solicitar el subsidio para mayores de 52 años

Puedes presentar tu solicitud a través de los siguientes canales:

1. Sede electrónica del SEPE

2. Presencialmente en una oficina del SEPE

  • Con cita previa obligatoria.

3. Vía telefónica o correo administrativo

  • En algunas comunidades autónomas también se permite el envío por registro general.

Plazo para solicitarlo: dentro de los 15 días hábiles siguientes al cumplimiento de los requisitos o al agotamiento de la prestación anterior.


Documentación necesaria

  • DNI o NIE en vigor.
  • Documento bancario con el IBAN para el ingreso.
  • Justificante de rentas (si lo solicita el SEPE).
  • Certificados de empresa (si no se han enviado telemáticamente).
  • Informe de vida laboral (opcional, pero útil).

¿Es compatible con otros ingresos o trabajos?

Sí, pero con condiciones.

Puedes trabajar a tiempo parcial y seguir cobrando una parte proporcional del subsidio.

También puedes recibir otros ingresos, siempre que el total no supere el 75 % del SMI mensual (810 € en 2025).


Renovación y control del subsidio

Debes realizar declaraciones anuales de rentas para seguir cobrando el subsidio y sellar el paro cada 6 meses.

El SEPE puede realizar controles y requerimientos para comprobar que sigues cumpliendo todos los requisitos.


Conclusión

El subsidio para mayores de 52 años en 2025 es una ayuda fundamental si estás desempleado y cerca de la edad de jubilación. Cumplir los requisitos, presentar la solicitud correctamente y mantener tu situación actualizada son claves para conservar esta ayuda durante todo el tiempo posible.

Si tienes dudas, te recomendamos contactar con un profesional de orientación laboral o consultar directamente con el SEPE.


¿Tienes alguna duda o necesitas ayuda para solicitar esta prestación?
Déjala en los comentarios o contacta con nosotros. En Área Laboral Social te ayudamos a entender y tramitar tus derechos.


6 respuestas a «Subsidio para mayores de 52 años: requisitos y cuantías 2025»

  1. Avatar de Mercedes Miralles
    Mercedes Miralles

    He Sidi autonoma durants 24 años despues por motivis de enfermedad tuve que dejarlo
    Me pagaba para el desempleo
    Però me dicen que no me pertenece la ayuda para mayores de 52

    1. Avatar de admin

      ✅ ¿Qué alternativas tienes ahora?
      🔸 1. Incapacidad permanente
      Dices que tuviste que dejar de trabajar por motivos de salud. Esto es clave.

      Puedes solicitar la pensión por incapacidad permanente si tu situación médica te impide trabajar. Hay distintos grados:

      Total (no puedes trabajar en tu profesión, pero sí en otra).

      Absoluta (no puedes trabajar en ningún empleo).

      Gran invalidez (dependencia total).

      Si el INSS te concede una de estas, puedes cobrar una pensión sin tener que seguir trabajando.

      Requisitos mínimos:
      Tener más de 1.800 días cotizados en los últimos 10 años (para mayores de 31 años).

      O bien, haber cotizado más de 15 años en total (tú tienes 24 años como autónoma, por lo que cumples).

      💡 Es tu vía más viable ahora.

      🔸 2. Ingreso Mínimo Vital (IMV)
      Si no puedes acceder al subsidio ni a la incapacidad (todavía), puedes solicitar el IMV si estás en situación económica vulnerable.

      Se valora:

      Tus ingresos (no superar un límite).

      Tu patrimonio.

      Composición de tu unidad familiar.

      👉 Si vives sola y no tienes ingresos, podrías tener derecho (puede rondar los 500–600 € al mes).

      🔸 3. Jubilación a los 65 años o más
      Aunque no puedas acceder al subsidio ahora, si sigues sin trabajar, cuando llegues a la edad de jubilación sí podrás pedir tu pensión contributiva, aunque sea baja.

      Has cotizado 24 años: eso sí da derecho a una pensión.

      A los 66 años y 6 meses (edad ordinaria si no llegas a 38 años cotizados) podrás jubilarte.

      ✅ ¿Qué te recomiendo ahora?
      Consulta con tu médico de cabecera o especialista si tu problema de salud puede justificar una incapacidad permanente.

      Pide cita con el INSS y presenta la solicitud de incapacidad. Puedo ayudarte con los pasos si quieres.

      Si estás sin ingresos y no puedes trabajar, solicita el Ingreso Mínimo Vital.

      Deja constancia en el SEPE como demandante de empleo: eso te servirá para futuras ayudas.

  2. Avatar de Antonio Jimenez de los galanes
    Antonio Jimenez de los galanes

    Si cobras el subsidio por desempleo mayores de 52 años y llegas a los 65 años sin haber cotizado los 38 años, sigues cobrando o qué tengo que hacer?

    1. Avatar de admin

      Te explico qué pasa cuando estás cobrando el subsidio para mayores de 52 años y llegas a los 65 sin tener 38 años cotizados (en 2025 se requieren 38 años para la jubilación ordinaria a los 65 años).

      🔹 ¿Qué pasa si llego a los 65 años con menos de 38 años cotizados?
      En ese caso, no puedes jubilarte todavía a los 65 años, porque no cumples el requisito de cotización para la jubilación ordinaria a esa edad.

      En cambio:
      Tendrás que esperar a la edad ordinaria de jubilación que te corresponde según tus cotizaciones, que será entre 66 años y 6 meses o más (según el año y tus cotizaciones).

      El subsidio se sigue cobrando hasta que llegues a la edad legal de jubilación ordinaria que te corresponda.

      🔸 ¿Cuándo se deja de cobrar el subsidio?
      El subsidio para mayores de 52 años se extingue automáticamente cuando:

      Llegas a la edad legal de jubilación ordinaria que te corresponda (aunque no sea a los 65 si no tienes los años suficientes).

      Empiezas a cobrar la pensión de jubilación contributiva.

      ✅ ¿Qué tienes que hacer?
      Seguir cobrando el subsidio como hasta ahora (mientras sigas cumpliendo los requisitos).

      El SEPE seguirá cotizando por ti a la Seguridad Social para la jubilación, aunque es una base baja.

      Cuando llegues a la edad de jubilación que te corresponda (puede ser 66 años y 6 meses, por ejemplo):

      Tendrás que solicitar tu pensión de jubilación contributiva al INSS.

      El subsidio se extinguirá automáticamente al acceder a la pensión.

  3. Avatar de Yoli Martinez
    Yoli Martinez

    Yo estoy autónoma del campo ahí ra mismo de baja pero enseguida me dar alta y no estoy para trabajar ya quisiera saber tengo 56 años cotizados 20 si podría solicitar la ayuda para tener algo sin trabajar más pues no me van a retirar y no tengo otro remedio. Gracias.

    1. Avatar de admin

      Para saber si puedes acceder a una ayuda económica sin necesidad de seguir trabajando, hay varias vías posibles. Te explico las más relevantes para tu caso:

      🔸 1. Pensión contributiva de jubilación anticipada
      Requisitos básicos:

      Tener al menos 63 años (si quieres jubilarte anticipadamente voluntaria) o 61 si es forzosa.

      Tener al menos 37 años y 9 meses cotizados en 2025 (para anticiparte con 63 años sin penalización fuerte).

      En tu caso: tienes 56 años y 20 años cotizados, por lo tanto, no cumples aún los requisitos para la jubilación anticipada.

      🔸 2. Subsidio para mayores de 52 años (del SEPE)
      Es una ayuda mensual (480 € aprox. en 2025) que dura hasta la edad de jubilación, con cotización incluida. Es la más recomendable si cumples los requisitos.

      ✅ Requisitos clave:
      Tener 52 años o más ✅

      Haber cotizado al menos 15 años a la Seguridad Social, 2 de ellos en los últimos 15 años ✅ (parece que sí)

      Cotización por desempleo (régimen general, no solo autónomos) al menos 6 años ❌ Aquí puede estar el problema.

      Estar en situación legal de desempleo y inscrita como demandante de empleo ❌ si aún estás de alta como autónoma.

      No superar el límite de rentas personales (el tope es el 75% del SMI mensual – unos 810 € netos/mes en 2025).

      ➡️ Importante: si has estado cotizando como autónoma del campo (Sistema Especial Agrario), eso no cotiza por desempleo, salvo que también hayas trabajado por cuenta ajena anteriormente. Si no tienes esos 6 años de cotización por desempleo, no podrás acceder al subsidio de mayores de 52 años.

      🔸 3. Ingreso Mínimo Vital (IMV)
      Si no puedes acceder a otras ayudas, podrías valorar esta prestación si estás en situación de vulnerabilidad económica.

      Requisitos generales:
      Ingresos y patrimonio bajos.

      Tener más de 23 años.

      Residir legalmente en España, al menos 1 año.

      El IMV no exige cotización previa, pero los ingresos y la situación familiar deben cumplir ciertos umbrales. Si vives sola y tus ingresos son bajos o inexistentes, podrías tener derecho.

      🔸 4. Solicitud de incapacidad permanente
      Si no estás en condiciones de volver a trabajar por problemas de salud, puedes solicitar una evaluación médica para incapacidad permanente. Esto puede dar lugar a:

      Incapacidad parcial, total o absoluta, con pensión según el grado.

      Se valora si tu estado impide realizar tu trabajo habitual o cualquier otro.

      Requisitos aproximados:
      Haber cotizado al menos 5 años (lo cumples).

      Estar en situación de baja médica o con informes médicos que justifiquen el estado de salud.

      Edad: válida para tu caso (56 años).

      ⚠️ Esta opción es muy relevante si de verdad no puedes trabajar más por motivos de salud. Puedes iniciar el trámite a través del INSS.

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