¿Se puede trabajar en otra empresa durante un ERTE?

¿Se puede trabajar en otra empresa durante un ERTE? El ERTE está definido en el artículo 57 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores como «una suspensión del contrato o reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor».

¿Se puede trabajar en otra empresa durante un ERTE?

Las personas que se encuentren en situación de Expediente de Regulación Temporal de Empleo tienen derecho a cobrar la prestación de desempleo. Los trabajadores podrán continuar la actividad laboral en otra empresa si tuvieran oportunidad. Si tiene suspendido el contrato por un ERTE, puede realizar otra actividad laboral, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia. La suspensión de la relación laboral le supone a usted y a la empresa la liberación de las obligaciones respectivas de trabajar y remunerar el trabajo. No obstante, deberá comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal las colocaciones que tenga mientras percibe la prestación por desempleo. Con el fin de suspender dicha prestación. En el caso de que su colocación sea a tiempo parcial, podrá solicitar la compatibilización de la prestación con el contrato a tiempo parcial. Restándose de dicha prestación la parte proporcional al tiempo que trabaje. Puede comunicar su colocación al Servicio Público de Empleo Estatal: No es legal que los empleados afectados por un ERTE trabajen en esa misma empresa mientras dure la situación de Expediente de Regulación de Empleo. Las empresas no pueden obligar a los trabajadores a seguir prestando sus servicios, pues podrán ser sancionadas con multas de más de 100000 euros.  

18 comentarios en «¿Se puede trabajar en otra empresa durante un ERTE?»

  1. Buenas tardes. Estando en ERTE de hostelería he aceptado un trabajo temporal parcial en supermercado. Me han dado de baja la prestación y llevo más de dos meses intentando compatibilizar.de momento ni siquiera han considerado mi solicitud. Al final de este mes finaliza el contrato con el supermercado, que tengo que hacer para reanudar el ERTE?

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    • Hola Agatha, deberá dirigirse a la oficina del SEPE para solucionar su situación.

      Para un estudio personalizado de su caso o información acceda al apartado de consultas de arealaboralsocial.es

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  2. Buenos dias, estoy en el erte y con contrato indefinido con suspensión de contrato al 100% si yo empiezo a trabajar en otra empresa, la mia la puede tomar como baja voluntaria? Y si termina el contrato con la nueva y en mi empresa sigue en el erte que hago vuelvo al erte?

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    • Buenos días, no Tani, no puede tomarlo como baja voluntaria, usted puede trabajar en otra empresa si la suya está en ERTE y luego sí puede volver a la primera.

      Que tenga un buen día.

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  3. Buenos días!
    Estoy en ERTE con contrato indefinido en otra empresa y me han ofrecido un puesto en una nueva a jornada completa que he aceptado.
    Al comentarle a mi anterior si van a finalizar el ERTE a día 30’de septiembre y cuentan conmigo, me
    Han dicho que si.
    Pero me gustaría acogerme a la nueva empresa por mejores condiciones.
    Tendría que presentar una baja voluntaria ya ? Y en qué forma y plazos ?
    Me urge gracias

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    • Hola Izaskun, si tiene suspendido el contrato por un expediente temporal de regulación de empleo (ERTE), puede realizar otra actividad laboral, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia. La suspensión de la relación laboral le supone a usted y a la empresa la liberación de las obligaciones respectivas de trabajar y remunerar el trabajo. Debe comunicar a la empresa su baja en esta en cuanto sea posible.
      No obstante, deberá comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal las colocaciones que tenga mientras percibe la prestación por desempleo, con el fin de suspender dicha prestación.

      Un cordial saludo.

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  4. Hola, me encuentro actualmente en ERTE (suspensión total de jornada completa); y estoy recibiendo la prestación por el ERTE. Hay otra empresa que está interesada en hacerme un contrato por 3 o 4 meses de jornada parcial (10 horas semanales); entiendo que puedo compatibilizar ese contrato de 10 horas con la prestación, la cual pasaría a ser menor (disminuirá el importe proporcionalmente). Mi pregunta es: para poder compatibilizar, la empresa que me tiene en suspensión, ¿tiene que hacerme una reducción de contrato en cuanto a jornada? es decir, pasar con la empresa que me tiene en suspensión, de 40 a 30 horas en contrato?, o simplemente ¿ellos y yo debemos avisar al SEPE que estaré trabajando 10 horas en otro sitio, sin afectar eso mi contrato que ya tengo de 40 horas con ellos?. Por otra parte, cuando finalice este nuevo contrato (nueva empresa) de 10 horas, puedo volver al anterior trabajo, si deciden retomar la relación y salir del erte, con mi contrato completo? o negociar la salida (indemnización) por despido con dicho contrato de 40 horas? ¿En que me afecta el empezar a trabajar en este contrato parcial con otra empresa? Muchas gracias y saludos

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    • Hola Gustavo, en principio sólo debe comunicar al SEPE que comienza a trabajar en una nueva empresa. Después puede volver a su primera empresa cuando finalice el ERTE sin ningún problema.

      Un cordial saludo. Que le vaya bien en su nuevo lugar de trabajo Gustavo.

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  5. Buenas, en mi caso estoy en erte en mi empresa en la que estoy trabajando a tiempo parcial(24 h), he conseguido otro trabajo de 12 horas semanales. Quería saber cuándo restan de la prestación del erte, ya que no se que porcentaje se quita. Gracias

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    • Hola Ander, debe comunicarte al SEXPE su nueva situación y ellos mismos se lo dirán. El porcentaje que tiene que quitar va en proporción a la jornada laboral. ¿Qué jornada laboral tenía? Un cordial saludo, que tenga un buen día.

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  6. Hola Abogada buenas tardes estoy en un Erte y estoy trabajando en otra empresa a media jornada tiempo parcial 20 horas semanales deveria seguir cobrando el erte gracias por la atención un saludo

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    • Buenos días, en primer lugar, no soy abogada. ¿Cuál era su jornada anterior? En principio, sólo restará a su prestación por ERTE la parte proporcional a la jornada de su nuevo empleo. Un cordial saludo.

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  7. Buenas tardes

    Me gustaría hacerte una consulta con respecto a una situación que me ha surgido esta semana.
    En mi actual empresa estoy en Erte y mi contrato en esa empresa es indefinido a 20 horas.
    Estoy haciendo un máster en una escuela privada y me han ofrecido hacer prácticas no remuneradas en una empresa (solo me pagarían el bono de transporte y si algún día tuviera que quedarme allí a comer)
    El contrato sería de prácticas con convenio en la escuela en la que estudio. Y serían 20h semanales.
    Entiendo que no habría problema en seguir cobrando mi prestación. Al ser unas prácticas no remuneradas y que no son a jornada completa.
    Me gustaría tener más información sobre este tema ya que estoy muy interesada en las prácticas y no me gustaría perder la oportunidad.

    Muchas gracias por todo.

    Un saludo.

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    • Buenos días Sonia, en principio no debería tener ningún problema, comuníquelo al SEPE para no tener problemas.
      Un cordial saludo, que tenga un buen día.

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  8. Buenas tardes, Estoy en ERTE suspensión total mi contrato es tiempo parcial jornada laboral 25 horas semanal, comenzaré a trabajar en otra empresa 10 horas semanal (contrato parcial). mi pregunta es: ¿tengo que solicitar la compatibilización de la prestación al sepe? Muchas gracias

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  9. Buenos días,
    Tengo contrato indefinido a jornada completa y estoy en ERTE al 100%. Me ha surgido una oferta laboral a jornada parcial (20h) y voy a aceptarla. Me gustará saber si, de cara a solicitar la compatibilidad de la prestación con el nuevo trabajo por cuenta ajena, debo comunicarlo yo directamente al SEPE o es la empresa con la que estoy en ERTE al 100% la que debe comunicar al SEPE la reducción de mi jornada temporalmente.
    Una vez finalice el ERTE, ¿Se debe realizar alguna comunicación adicional al SEPE cuando me reincorpore al 100% en la empresa que me tiene en ERTE?
    Muchas gracias, saludos.

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    • Hola Ignacio, en primer lugar me alegro de su nueva situación. Usted mismo debe comunicárselo al SEPE, también debe comunicárselo a su anterior empresa.

      Que tenga un buen día.

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