En este post encontrará información sobre la prestación “Renta agraria”.
La renta agraria se trata de una ayuda para desempleados. Siempre que se encuentren en la situación de trabajadores temporales en el SEASS. Es decir, Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios de la
Seguridad Social.
Esta prestación está destinada a personas residentes en las Comunidades Autónomas de Extremadura y Andalucía. Podrán solicitar la prestación una vez agoten la prestación por desempleo.
Requisitos para solicitar la renta agraria
- Estar empadronado y ser residente en algún municipio andaluz o extremeño durante al menos 10 años.
- Formar parte del colectivo de trabajador eventual de tipo agrario por cuenta ajena.
- Encontrarse al corriente del pago de la cuota fija.
- No haber cobrado el subsidio por desempleo agrario en los 3 años previos a la solicitud.
- Encontrarse inscrito en el censo del SEASS (Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios de la Seguridad Social) sin interrupción los 12 meses previos a la presentación de la solicitud. En el caso de los solicitantes mayores de 45 años, deben acumular de 5 a 20 años, según el caso.
- En los 12 meses naturales previos a la situación de desempleado, se deberán haber cotizado en el SEASS al menos 35 jornadas reales.
- El cálculo anual de las rentas de cualquier tipología no podrá superar la cantidad del salario mínimo interprofesional, no sumando en este caso las pagas extraordinarias, así como no superar el límite familiar establecido de rentas.
- Estar inscrito como demandante de empleo y seguir en la misma situación a lo largo de todo el periodo de cobro de la prestación, así como adherirse al compromiso de actividad.
Documentación necesaria
- Modelo de solicitud de Renta Agraria
- Documento de identificación del solicitante y de los familiares que figuren en la solicitud, incluyendo éstos de hasta un 2º grado de consanguinidad o afinidad.
- Españoles: DNI (Documento Nacional de Identidad)
- Extranjeros: presentarán la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjeros) o NIE (Número de Identidad de Extranjeros) junto al pasaporte, según el caso de ser o no comunitarios.
- Documento de la cuenta bancaria, de la que el solicitante deberá ser titular, donde se cobrará la ayuda de la Renta Agraria. Las personas extranjeras han de aportar el libro de familia o un documento equivalente al este.
- En el caso de solicitantes separados o divorciados, éstos deberán presentar copia de la sentencia y convenio regulador.
Cuantía y pago de la renta agraria
La
cantidad a cobrar en la ayuda de
la Renta Agraria varía en base al número de jornadas reales que se hayan trabajado, que hayan sido justificadas y según el IPREM.
- 35 a 64 jornadas: 80% del IPREM = 430.27 euros.
- 64 a 94 jornadas: 85% del IPREM = 457.16 euros
- 95 a 124 jornadas: 91% del IPREM = 489.43 euros
- 125 a 154 jornadas: 96% del IPREM = 516.32 euros
- 155 a 179 jornadas: 101% del IPREM = 543.21 euros
Duración
Respecto a lo que durará la prestación, se calculará el periodo según la edad del solicitante, sus
cargas familiares y los días trabajados en el año anterior.
- 16 a 24 años sin responsabilidades familiares: 3,4 días de subsidio por día trabajado, cobrando como máximo 180 días.
- De 16 a 24 años con responsabilidades familiares: 180 días.
- 25 a 51 años sin y con responsabilidades familiares: 180 días.
- De 52 años o más, sin y con responsabilidades familiares: 300 días.