Hola a todos, cada día más empresas realizan un reducción de jornada a sus trabajadores. Ya que están a la orden del día las reducciones de jornada mediante ERTE. ¿Puedo cobrar el paro si me reducen la jornada laboral? Toda la información a continuación.
¿Puedo cobrar el paro si me reducen la jornada laboral?
Tendrá derecho a desempleo, La reducción de la jornada debe ser temporal y estar comprendida entre un 10 y un 70% de la jornada diaria, semanal, mensual o anual. El salario también debe reducirse proporcionalmente.
Debe ser por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o se produzca por causas de fuerza mayor, en cuyo caso será necesaria la autorización de la Autoridad Laboral.
No tendrá derecho si la reducción de jornada es definitiva o dura todo el período que reste del contrato de trabajo. Si le reducen la jornada de trabajo y está de acuerdo, no podrá percibir la prestación por desempleo.
El importe diario de esta prestación durante los 180 primeros días será el 70% de la base reguladora y, a partir del día 181 y hasta el final de la prestación, será el 50%. El trabajador recibirá de la empresa una parte de su salario proporcional al número de horas que continúa trabajando. La prestación no se recibe al completo sino proporcionalmente al número de horas que el trabajador esté desempleado.
Puede
contactar con el
SEPE para solicitar su prestación. El plazo es de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la situación de desempleo. El SEPE resolverá en plazo de 15 días. Contra su resolución cabe tanto reclamación como impugnación en vía judicial.
Para percibir la prestación contributiva, el beneficiario debe haber trabajado y cotizado al desempleo al menos 360 días dentro de los seis años anteriores. En el caso de los
ERTE derivados del coronavirus, cualquier persona tiene derecho a recibir la prestación aunque no haya cotizado el tiempo necesario.
Seguirá cotizando durante el tiempo que esté cobrando el paro.
Si tienen alguna duda pueden dejar un comentario o escribir a contacto@arealaboralsocial.es
Un saludo.
Hola! Por favor si me podéis ayudar! Tenía hasta 28 marzo la prestación contributiva que se acabó después de 2 años. Y sigo con la media jornada de la empresa que ahora estoy en ERTE. En 22 abril he renovado el DARDE hasta julio . En el informe de la última prestación pone agotamiento del derecho, algo que no entiendo porque me han dado otro DARDE! La pregunta es que tengo que hacer porque el ERTE me paga media jornada y no me ayuda con los gastos. Muchas gracias!
Hola Gabriel,
si exite algún error en su informe debe ponerse en contacto con el SEPE. Le indico los pasos: https://arealaboralsocial.es/pasos-a-seguir-para-contactar-con-el-sepe/
Si usted tiene una reducción de jornada producida por un ERTE, tiene derecho a paro.
Feliz domingo Gabriel, un saludo.
me reducen la jornada por causas económicas, técnicas, organizativas en un 70%.
¿puedo solicitar la prestacion por desempleo?
Hola Juan, le he contestado al correo electrónico. Un cordial saludo. Que tenga un buen día.
hola buenos días mi nombre es Carlos yo trabajo a media jornada desde hace un año y medio si me echaran de la empresa que prestación y que cantidad me darían gracias