Procedimiento para solicitar las ayudas de alquiler

Ante la controversia y el desconcierto que están suponiendo estas ayudas, intentaré aclararos sobre el procedimiento. Estas son las últimas novedades sobre el procedimiento solicitar las ayudas de alquiler
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¿Cómo solicitar las ayudas para el alquiler? ¿Cómo será mi ayuda?

Pues bien, se darán hasta 900 euros de ayuda al alquiler sin sobrepasar el 100% de la renta. También se podrá obtener hasta 200 euros para gastos como suministros. La ayuda será para pagar el arrendamiento durante medio año. Los beneficiarios de la ayuda serán aquellos que no han podido hacer frente a los microcréditos avalados por el Estado. Sólo la podrán solicitar aquellos inquilinos que no se hayan recuperado de la situación de vulnerabilidad y no puedan hacer frente a la devolución del microcrédito avalado por el Estado. Podrá percibirse la primera mensualidad en abril de 2020. Antes de solicitar estas ayudas inquilino y propietario deben negociar una solución para ambas partes. Cualquier inquilino en situación de vulnerabilidad económica podrá solicitar la moratoria al arrendador cuando éste sea una empresa o entidad pública. También a gran tenedor, entendiendo por tal una persona física o jurídica que sea propietaria de más de 10 viviendas. El Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, señala que esta moratoria de los grandes tenedores puede ser un aplazamiento del pago del alquiler o incluso la condonación total o parcial de la deuda arrendaticia. En el caso del pequeño propietario, entendido como aquel que cuenta con menos de 10 viviendas en propiedad, podrá aceptar del inquilino, voluntariamente, el aplazamiento del pago de la renta o la condonación total o parcial de la misma. El propietario tendrá siete días laborables para aceptar las condiciones, pero en caso de no aceptar el aplazamiento o condonación el inquilino vulnerable tendrá acceso al programa de ayudas de financiación reguladas. Sólo es optativa la moratoria o condonación para el pequeño arrendador. En caso de no poder hacer frente al microcrédito del ICO.

Las Comunidades Autónomas serán las que determinen la cuantía exacta de estas ayudas.

Se concederá la ayuda mediante adjudicación directa y en los “supuestos de vulnerabilidad económica y social sobrevenida a consecuencia del COVID-19”. Entre estos supuestos estarán siempre incluidos y, como mínimo, los definidos en el artículo 5 del RDL 11/2020. Las Comunidades Autónomas deberán concretar el plazo y forma de presentación de solicitudes. A la mayor brevedad posible. Son ayudas compatibles con cualquier otra ayuda al alquilerque viniera percibiendo la persona arrendataria. El total de las ayudas no puede superar el 100% del importe del alquiler. La ayuda podrá llegar hasta un importe máximo de 5.400 euros con la que se satisfará total o parcialmente el pago de la renta de la vivienda habitual.

Solicitud de la ayuda de alquiler

La ayuda habrá de ser solicitada por la persona arrendataria a la comunidad autónoma o a la ciudad de Ceuta o de Melilla correspondiente, como máximo hasta el 30 de septiembre de 2020. La solicitud deberá ir acompañada de:
  • Copia completa del contrato de arrendamiento en vigor, con inclusión expresa del medio y forma de pago a la persona arrendadora.
  • La acreditación del pago de las últimas tres mensualidades, salvo que el contrato tuviera una vigencia de menor plazo.
Este es el procedimiento para solicitar las ayudas al alquiler. Espero que este trámite no de problemas. Cualquier duda que tengáis podéis dejar un comentario o enviar un correo a contacto@arealaboralsocial.es Podéis suscribiros en el blog en el formulario que encontraréis al final de la página de inicio. Un saludo y mucho ánimo estos días.      

14 comentarios en «Procedimiento para solicitar las ayudas de alquiler»

    • Hola Francisco Javier,
      debe solicitarlo, como dice en la entrada, por el procedimiento que habilite su Comunidad Autónoma, son estas las que deben publicar cuando se pueda solicitar la ayuda.
      Esperamos que sea próximamente pues se podrían percibir las prestaciones desde este mes.
      Un saludo!

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    • Donde se puede pedir la ayuda a la asistenta social?Y como se puede pedir porque me parece ke de momento los centros son cerados de momento?

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      • Hola Romona,
        se abrirá un trámite telemático para hacerlo. Estamos a la espera de que las comunidades autónomas lo hagan.
        Un saludo.

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    • Hola Inma,
      depende de su situación podrá acceder o no a la ayuda. El crédito ICO es un crédito sin ningún tipo de interés.

      Un saludo Inma, mucho ánimo estos días.

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    • Hola Maria Ángeles,
      como pone en el texto primero debe hablar con su casero y después si no puede suspender o aplazar el pago podrá solicitarla.

      Un saludo!

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  1. buenas noches me gudtaria saber cómo y dónde se puede solicitar esa ayuda para el alquiler,me gustaría solicitar ya que sería un respiro por 6 meses mientras pueda buscar un empleo

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    • Hola Zulma,
      como ha podido leer primero debe ponerse en contacto con su casero y si no llegan a ningún acuerdo podrá tramitarla según el procedimiento que habilite su comunidad autónoma. Esperamos que pueda tramitarse pronto.

      Un saludo.

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  2. Yo me puse en contacto cn mi casera y no da su brazo a torcer a mi pareja la echaron del trabajo por se de riesgo tenemos 3 hijos y yo no cobro nada como podría solicitarla?

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    • Hola Carmen,
      las comunidades autónomas deberían publicar próximamente el proceso en cada una de ellas para solicitarla. Informaré cuando sepa algo, deberá ser rápido porque las ayudas ya podrán concederse en abril.

      Un saludo y mucho ánimo estos días.

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  3. Hola. Este marzo encontré un trabajo pero como no terminaba de sacar mi número de seguridad social x primera ves no pudieron hacerme contrato y no trabajo. Mi pregunta es ¿si no tuve contrato de trabajo puedo solicitar esta ayuda? Soy madre sola con 1 niño d 2 años y en situacion de vulnerabilidad me atiende una asistenta social

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    • Hola Rosario,
      primero tiene, como dice en el texto, que hablar con su casero e intentar negociar una solución. Después, si no llega a un acuerdo y cumple los requisitos de renta y demás que publicará su CCAA podrá solicitarla.

      Un saludo y mucho ánimo estos días.

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