Preguntas más frecuentes: trabajadores, empresa y coronavirus.

Medidas preventivas ante el COVID-19

Resultado de imagen de coronavirusA día de hoy surgen muchas preguntas sobre este tema, destacan las preguntas en el ámbito laboral: ¿puede mi empresa obligarme a teletrabajar? ¿Qué medidas debemos seguir? A continuación vamos a resolver preguntas frecuentes del coronavirus. Atendiendo a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales la empresa tiene la obligación de velar por la salud de sus trabajadores, se debe informar al personal de acuerdo a las instrucciones que desde las autoridades sanitarias se vayan dictando. Teniendo la empresa que proporcionar el Equipo de Protección Individual necesario. La empresa debe tomar decisiones y dar instrucciones para que en caso de peligro, grave e inminente, los trabajadores puedan interrumpir su actividad. Si en caso de riesgo grave el empresario no paraliza la actividad podrán hacerlo los representantes de los trabajadores comunicándolo a la empresa y a la autoridad laboral. El incumplimiento por parte de la empresa de las medidas de prevención puede suponer para ellas una multa de hasta 600000 euros. A continuación las preguntas más frecuentes sobre coronavirus en el ámbito de la empresa.

¿Puede la empresa obligar a los empleados a teletrabajar?

La medida debe ser acordada entre el trabajador y la empresa ya que supone un cambio contractual. De todos modos se recomienda seguir las instrucciones en todo momento para evitar una posible pandemia. Tampoco puede la empresa de manera unilateral obligar a coger un permiso sin sueldo.

¿Puede el trabajador no asistir al trabajo por miedo al contagio?

No, si la empresa no ofrece al trabajador la opción de teletrabajar éste deberá seguir acudiendo al trabajo pues el Gobierno no ha decretado ningún tipo de medida que suponga la reclusión.

¿Me reducirán el sueldo si teletrabajo?

No puede reducirse el sueldo pero sí puede haber alguna modificación en los complementos extrasalariares.  Por ejemplo en la asignación de dietas.

¿Puede negarse el trabajador a viajar por trabajo a zonas de riesgo?

Como he señalado antes el personal laboral tiene derecho a la protección, pudiendo interrumpir la actividad ante riesgo grave e inminente. El trabajador podría negarse.

Si se cierra temporalmente el colegio de los hijos, ¿puede el trabajador ausentarse del trabajo sin considerarse absentismo?

Sí, pero debe comunicarse a la empresa la imposibilidad de dejas a los niños con otras personas ya que como se determina en nuestra legislación son los padres los que tienen que velar por sus hijos. Se trataría de una ausencia justificada pero no retribuida si bien la Seguridad Social podría entender situación de Incapacidad Temporal .http://www.uned.es › Coronavirus › 2020-02-28-CRITERIO-2-2020-DGOSS

¿En qué situación laboral me encontraré si me contagio?

Ayer 10 de marzo de 2020 el gobierno dictaminó un Real Decreto-Ley que incluye medida para mejorar la protección de las personas trabajadoras afectadas por el COVID-19. Tanto las personas aisladas como contagiadas pasarán a considerarse en Incapacidad Temporal asimilada a la baja por accidente de trabajo lo que supone una mejora de la prestación ya que hasta ahora se consideraba como enfermedad común. Podéis ver a situación actual del virus en este enlace: https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-China/situacionActual.htm Espero haber resuelto sus dudas, si tiene alguna pregunta más puede escribirla en los comentarios. Puede visitar los demás post en: https://arealaboralsocial.es ¡Un saludo!

13 comentarios en «Preguntas más frecuentes: trabajadores, empresa y coronavirus.»

  1. Hola mi caso es este yo estaba trabajando en un restaurante hotel,a unos 17kilometros de donde yo vivo me salió otro trabajo en mi pueblo Yo hablé con el jefe y le avisé de la situación que tenía y le di mis quince días en los cuales antes de cumplirse los 15 días ha pasado todo esto del Coronavirus de cerrar bares etc,yo tenía que trabajar hasta el día 22 y dadas las circunstancias el día 14 terminé a mí en cuanto le dige lo de los 15 días me hizo firmar la baja voluntaria y cuando me hizo firmar la nómina me dio los días que le había trabajado este mes y seis días de vacaciones que me pertenecían y me dijo que hasta el día 23 no podía solicitar nada si esque tenía paro al ser así creo que ni tengo paro y encima la otra empresa es también de hostelería y Hasta que no pase esto no van abrir estoy ahora mismo sin nada y no sé si me pertenece ayuda o que tengo que hacer porfabor ayúdeme porque estoy con la cabeza…..

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    • Hola Rosa,
      Si ha firmado la baja voluntaria no le corresponde paro…
      ¿Qué edad tiene? Podemos ver si le corresponde algún subsidio.
      Un saludo Rosa y mucho ánimo en estos días.

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  2. Buenos dias Alba, mi duda es la siguiente. Mi empresa va a realizar un erte, pero me ha dicho que como mi contrato es de obra y servicio (2 años antiguedad) no me puedo acoger a él y me van a despedir. ¿Es esto correcto?

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    • Hola Sara,

      ¿Qué causa han alegado para finalizar la relación laboral? La finalización de un contrato por obra o servicio alegando como causa la emergencia del coronavirus no es acorde a derecho. Si una empresa finaliza un contrato por obra y servicio sin que la obra haya finalizado o haya sido reducida, ese despido puede ser calificado como improcedente o nulo.
      Puede acogerse al ERTE perfectamente tanto trabajadores indefinidos como temporales.

      Un saludo Sara mucho ánimo estos días!

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  3. Hola tengo un contrato parcial de 11semana por cv19 esa horas solo hago 2 ala semana tienen derecho a pagarme solo lo trabajado antes cv19 y no pagarme mi sueldo de cada mes gracias un saludo

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    • Hola Isabel,
      puede pedir la prestación por desempleo ante la reducción de jornada y recibirá la parte proporcional. ¿Sabe como tramitarla?

      Un saludo Isabel.

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  4. Hola,he solicitado cita al S.E.P.E para la prestación por desempleo ya que la empresa me dejo parado el día 18 de marzo,la cita la pedí el día 26 de marzo y la oficina de empleo me envío un email con cita para el 8 de abril.Al día de hoy no se han puesto en contacto conmigo ,mi pregunta es tengo que volver a pedir cita o todavía tengo la cita vigente ,me imagino por un colapso de trabajo
    un saludo,gracias

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    • Hola Luis,

      no se preocupe, no tiene que pedir otra cita. Se pondrán en contacto con usted, cuando están colapsados los días de las citas no son exactos.

      Un saludo y mucho ánimo estos días

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  5. Hola. Hay alguna ayuda económica para compensar la pérdida de ingresos por acogerse a una reducción de jornada (parcial o del 100%) por el cuidado de hijos (al no haber actividad escolar) o de familiares a cargo? Gracias.

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  6. Hola dónde yo trabajo este mes cuando hemos cobrado no an descontado la dos semas que hemos estado en casa por el corona virus. Lo puede hacer. Vamos con no an pagado la mitad del de Abril ,yo creo que no son personas .

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