Nuevas condiciones de los ERTE. El Gobierno ha creado tres nuevos tipos de ERTE que regirán hasta el 31 de enero y ha mantenido el veto de 6 meses para despedir.
Nuevas condiciones de los ERTE desde el 1 de octubre
Se ha aprobado el nuevo marco que regirán este tipo de expedientes del 1 de octubre al 31 de enero de 2021. Se crean tres nuevas categorías de ERTE de fuerza mayor, aunque la realidad es que se cambia el nombre a los dos que ya existían y se crea uno nuevo. Sólo una modalidad, para empresas incluidas en determinados sectores y su cadena de valor, disfrutarán de una prorroga automática de sus actuales ERTEs.
Las otras dos modalidades se denominan ERTE por impedimento de actividad y ERTE por limitación de actividad.
Las empresas que deseen prorrogar el
ERTE deberá cumplir estos requisitos:
- Que no haya recuperado el 65% de las personas en ERTE y que pertenezca a un sector que haya tenido más del 15% de las personas afiliadas cobrando del SEPE.
- Aquellas empresas que puedan demostrar que el 50% de la facturación del año pasado estuvo ligada de “forma directa” a una de las empresas prorrogadas tendrán el mismo derecho. E, igualmente, si ha sido de “forma indirecta”.
Estas empresas podrán deducirse el 85% de las cuotas de sus trabajadores, estén cobrando del SEPE o ya reincorporados, si la plantilla es inferior a 50 trabajadores o del 75% para las mayores en los próximos cuatro meses.
Estas exoneraciones se aplicarán para las empresas que aun perteneciendo a uno de estos códigos CNAE decidan acogerse a un ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Ya que no cumplen con el requisito de trabajadores en ERTE.
Mantiene la prohibición de hacer horas extras, externalizar parte de la actividad, repartir dividendos o radicarse en paraísos fiscales.
Nuevos tipos de ERTE
El de nueva creación, denominado ERTE por limitación de actividad, no exige que la facturación haya caído a cero, aunque debe haber también por medio una decisión administrativa que suponga restricciones.
Las exoneraciones a la Seguridad Social se irán degradando cada mes desde un 100% de la cuota de octubre, a un 90% de noviembre, 85% en diciembre y 80% para enero del año próximo en el caso de las empresas de menos de 50 empleados. En el caso que se superen, la exoneración será 10 puntos menor.
Estando en jubilación parcial con contrato relevo 80% 15% y teniendo un acuerdo firmado por la empresa que por motivos de organización, me perdonan las horas que debería de ir a trabajar durante estos 4 años de jubilación parcial.
¿ cómo es posible que me pongan en un ERTE desde marzo y la empresa está abierta desde el 15 de junio y yo todavía sigo con el ERTE. Así la empresa se ahorra mi nómina y que me pague el Estado.
Gracias
Buenos días Fernando, la empresa puede ir “sacando” trabajadores de ERTE según sus necesidades técnicas, económicas o de producción.