Moratoria en el pago de las cotizaciones de autónomos y empresas durante 6 meses

El Gobierno ha aprobado un nuevo paquete de medidas urgentes ante la crisis del coronavirus. Moratoria en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social de autónomos y empresas durante 6 meses.

Moratoria en el pago para autónomos y empresas

Esta nueva norma incluye aplazamiento en el pago de cotizaciones a la Seguridad Social sin intereses para empresas y autónomos. Además la flexibilización de los pagos de los suministros de agua, gas y electricidad, cuyo pago se podrá incluso suspender. En el Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros, se ha habilitado a la Seguridad Social para que conceda como primera medida un aplazamiento de pago para todas las empresas y autónomos de la cuota del mes de abril, a un interés más barato del habitual. Un 0,5% frente al 3% que suele cobrar en estos casos.

Solicitar antes del transcurso de 10 días naturales en abril…

Este primer aplazamiento se debe solicitar antes del transcurso de los diez primeros días naturales del mes de abril. La empresa o el autónomo que actúe a través de un profesional o de un tercero podrá tramitarlo a través del mismo sin ningún tipo de apoderamiento específico para ello. La Seguridad Social podrá conceder también  moratorias en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social de mayo, junio y julio por seis meses. Se permite que las empresas y autónomos que no tengan en vigor aplazamientos de pago de deudas con la Seguridad Social puedan solicitar hasta el 30 de junio de 2020 el aplazamiento del pago de sus deudas con la Seguridad Social, que deberán ingresar entre los meses de abril y junio de 2020 sin intereses. Además, los autónomos se podrán beneficiar también de la moratoria de alquileres  y de hipotecas ya existente, os dejo enlace https://arealaboralsocial.es/?p=462 Aquí encontraréis la situación actual del coronavirus en España https://www.mscbs.gob.es/en/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-China/situacionActual.htm Espero que les haya servido de ayuda “Moratoria en el pago de las cotizaciones de autónomos y empresas durante 6 meses” Si quieren recibir información relevante estos días pueden suscribirse en esta página. Encontrarán un formulario al final de la página de inicio. Si tienen alguna duda o pregunta pueden dejar un comentario o escribir a contacto@arealaboralsocial.es 👈 Un saludo y ¡mucho ánimo a todos!

5 comentarios en «Moratoria en el pago de las cotizaciones de autónomos y empresas durante 6 meses»

  1. Hola, vamos a hacer un erte de 3 o 4 meses por causas económicas con 2 trabajadores fijos y 2 temporales. Entiendo que en el nuevo paquete de medidas recientemente aprobado, el gobierno indica que los contratos temporales se pueden finalizar y por lo tanto no tendría que mantenerlos 6 meses, es decir, quedarían suspendidos durante el erte y al finalizar èste, les restaría el tiempo del erte para su finalización. Es así? Es que no quiero meter la pata. Me ayudaría mucho vuestro punto de vista. Muchas gracias

    Responder
    • Hola Pilar,

      Si lo he entendido bien, creo que sí. Los contratos temporales afectados por un ERTE, se prorrogarán el mismo tiempo que dure el ERTE.
      El cómputo de la duración y de los periodos de referencia de los contratos temporales que se hubieran visto suspendidos por ERTE de fuerza mayor o causa ETOP, quedaran interrumpidos durante el periodo de tiempo en el que dichos contratos se encuentren suspendidos. Dicho de otro modo, el periodo en el que los contratos estén suspendidos no computará a efectos de su duración o de los periodos de referencia. Los contratos temporales que se mantengan en activo, se extinguirán a la finalización de su duración, aunque esta se produzca durante la vigencia del estado de alarma.

      Un saludo Pilar!

      Responder

Deja un comentario