¿Me pueden despedir después del ERTE?

Los ERTEs por fuerza mayor vinculados al coronavirus se han prorrogado hasta el 30 de junio. La pregunta que les surge a muchas personas incluidas en ERTE es, ¿me pueden despedir después del ERTE?

¿Me pueden despedir después del ERTE?

Las empresas que hayan hecho un ERTE por fuerza mayor no podrán despedir en seis meses. El Gobierno sí permitirá prescindir de trabajadores a las empresas en riesgo de quiebra y/o de acudir a un concurso de acreedores. En los casos de ERTE por causas objetivas sí se puede recurrir a despedir a los trabajadores una vez que concluya la vigencia del mismo. Nos viene una segunda ola de ERE y de despidos colectivos, que van a ser por causas objetivas anuncian los expertos. Un expediente de regulación de empleo, conocido popularmente como ERE, es un mecanismo legal a través del cual una empresa que está teniendo serios problemas económicos puede suspender o despedir a sus trabajadores. Los ERE están regulados en la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 51, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. El Gobierno pactó ampliar los ERTEs hasta el 30 de junio y habilitó una nueva modalidad denominada ERTE por fuerza mayor parcial.  Algunas empresas pueden ir reincorporando a la plantilla de forma progresiva y con la que se premia a las empresas con mayores exenciones en las cotizaciones a los trabajadores que se vayan reincorporando. Al mismo tiempo, las compañías pueden seguir recurriendo a los ERTE por causas objetivas de tipo económico, tecnico, organizativo o de producción. Sin embargo, no cuentan con las mismas ventajas que los de fuerza mayor en los que el protocolo de tramitación es más corto. Tienen efecto retroactivo y en los que empresario queda exonerado de abonar tanto las cotizaciones como el salario de los empleados.

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