El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes que no esté justificado el despido relacionado con el coronavirus. También se prorrogarán los contratos temporales hasta que esté controlada la pandemia. El empleo debe mantenerse durante esta crisis sanitaria. El Gobierno prohíbe los despidos a causa del coronavirus.
¿Qué implican estas medidas?
Después de poner los recursos legales y recursos públicos ingentes para que puedan acudir a los ERTEs se considera innecesario recurrir al despido. No se puede despedir a causa del coronavirus.
Se prohíben los despidos objetivos por motivos económicos, técnicos, organizativos, de producción y de fuerza mayor mientras dure esta crisis.
Los contratos temporales, también los formativos, de relevo e interinidad, verán prorrogada su vigencia hasta que concluya esta crisis. De suspenderse estos contratos se verá alargada su duración.
La prohibición de estos despidos entrará en vigor desde hoy y no tendrá efectos retroactivos.
Trámites de ERTEs
El Gobierno ha agilizado el proceso para la presentación de los ERTE, que se facilitarán a través de un formulario en el que se recogen el nombre, DNI, base de cotización y número de cuenta de los trabajadores, que luego se transmitirán al SEPE. La tramitación de los ERTE va a ser muy rápida para que las prestaciones puedan cobrarse rápidamente también.
La ministra también ha aprobado que durante este periodo de alarma sanitaria no restará el periodo que tengan de prestación los desempleados.
Estas son las nuevas medidas que el Gobierno ha aprobado frente a la crisis sanitaria que estamos viviendo “El Gobierno prohíbe los despidos a causa del coronavirus”. Nos encontramos a la espera de otras medidas como la suspensión del alquiler durante la crisis sanitaria dejo toda la información:
https://arealaboralsocial.es/?p=435
Aquí podéis seguir la situación de crisis sanitaria:
https://www.mscbs.gob.es/en/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-China/situacionActual.htm
Cualquier duda que tengan pueden dejarme un comentario o consulta privada. Les atenderé lo antes posible.
Mucho ánimo a todos en estos días tan duros.
He realizado un despido objetivo…precisado el 23 de marzo y efectos el 31 de marzo, será nulo ? , debo dejar sin efecto el mismo y solicitar al trabajador el reintegro de la indemnización transferida .
Hola Manuel,
si precisaste el despido el 23 de marzo entiendo que no será nulo, la norma no tiene efecto retroactivo. Entiendo que no te afecta.
Un saludo Manuel, mucho ánimo estos días.
Tengo una pregunta sobre la actividad de Taxi, sería posible solicitar un ERTE por fuerza mayor, cuanto más leo más liada estoy. Gracias.
Hola Reme,
sí que podría acogerse a un ERTE, ahora han flexibilizado las medidas para que todo vaya más rapido ya que los trámites se estaban haciendo un poco complicados.
Un saludo Reme, mucho ánimo estos días.
Hola yo estaba trabajando en un área de servicio el día 13 de marzo cerró porque le obligó el estado yo empece el día 20 de febrero y el 13 de marzo m despidieron y ahora que e solicitado el paro m an puesto que m an despedido por no haber superado el mes de prueba cuando yo entiendo que a sido por fuerza mayor yo ahora me estoy comiendo mi paro que es lo que puedo hacer un saludo y gracias
Hola Marta,
puede demandar a la empresa y alegar que el despido no fue por las causas que dicen. Será considerado improcedente y deberán darle una indemnización o readmitirla.
Durante el periodo de prueba tanto el empleador como el empleado pueden terminar la relación laboral en cualquier momento, han aprovechado esta situación para realizar su despido.
Un saludo Marta y mucho ánimo estos días!
Hola, tenemos una ortopedia. Podemos hacer un erte por fuerza mayor? No estamos en el listado de actividades obligadas al cierre, pero no hay clientes en estos momentos.
Y una última cosa, un contrato temporal que finaliza el 3 de mayo se podría rescindir? Muchas gracias por la ayuda
Hola Pilar,
podéis hacerlo aunque no os aseguro que sea aprobado. Os aconsejo que hagáis el ERTE por causas económicas.
Y el contrato temporal entiendo que sí si hubiera terminado el Estado de Alarma, así que no puedo decirle con exactitud.
Un saludo y mucho ánimo en estos días tan duros.
Gracias por tu ayuda. Tengo otra duda.Si hacemos un erte por causas económicas a toda la plantilla, por ejemplo de 6 meses, pagamos mientras tanto la seguridad social de todos, pero podemos irlos “sacando” del erte poco a poco en función de cómo nos recuperemos? Y una vez terminado el erte económico hemos de mantener el empleo 6 meses también? Aunque la mitad de ellos sean temporales?
Hola Pilar,
Podréis una fecha de finalización del ERTE que podréis prorrogar las veces que queráis, cuando realicéis las prorrogas podéis incluir un número menor de trabajadores en el ERTE. Y sí, hay que mantener el empleo de los trabajadores 6 meses.
Un saludo Pilar, cualquier duda que tenga encantada de ayudarla.
Gracias
Hola soy paqui
Hice un fin contrato el día 25 de un trabajador que estaba metido en un erte pero todavía no autorizado, ya que se decía que cuando llegue el fin contrato se extingue
No se si he hecho bien con hacer fin contrato i me debía haber esperado
Pero y si me espero como hago después fin contrato si estoy fuera de plazo
Hola Paqui,
en principio debería haber dejado al trabajador incluido en el ERTE. Pero como la norma no tiene efecto retroactivo no creo que tenga problema.
Un saludo Paqui, mucho ánimo estos días!
Buenos días.Tengo una pregunta , trabajo en hostelería,el restaurante cerró y a nosotros los trabajadores nos han dado de baja el día 16 de marzo, y ahora hay que buscar una forma de pedir el desempleo.La empresa tenía derecho de darnos de baja?gracias
Hola Elena,
en principio debería haber realizado un ERTE, pero la norma de prohibición de despido se aprobó ayer y no tiene efecto retroactivo. Para pedir la prestación de desempleo póngase en contacto con el SEPE, le dejo los pasos https://arealaboralsocial.es/?p=362
Un saludo Elena, mucho ánimo estos días.
Hola de nuevo. Qué opinas de los despidos improcedentes? Entiendo que los objetivos no se pueden hacer, pero en este caso serían 3 trabajadores que no volverían a ser contratados. (la plantilla es de 5) a
Tendríamos que ir al SMAC para corroborar el despido? Siento hacerte tantas preguntas, es que tengo muchas dudas.
Deberíamos hacerle una carta como procedente e incluir una indemnización de 33 días año?
Sería suficiente pagarle los 33 y cotizarlos sin ir al SMAC?
Mil gracias
Hola Pilar,
Sí que podríais hacer el despido, pagarle los 33 y no ir al SMAC pero eso no depende solo de vosotros… Sería una forma de hacerlo, no le puedo decir cual es la más acertada porque es decisión suya..
Un abrazo Pilar en estos días tan difíciles.
Claro, entiendo que poder hacerse se puede, pero me da miedo que en un futuro lo pudiesen declarar nulo…
Claro, es que ahí no puedo decirle…
Buenas Alba,
Yo sigo haciendo teletrabajo, pero el día 7 terminaría mi contrato temporal. Por lo que pones, mientras dure la crisis, ¿mi contrato continuaría?
Gracias!
Hola María,
los contratos temporales se prorrogarán automáticamente. El Ministerio de Trabajo aclara que se mantendrán vigentes hasta que concluya la crisis sanitaria. Cuando estos contratos lleguen a su fin, se alargará su duración.
Un saludo María!
Muchas gracias Alba.
Y a my me desperdise tener contrato de fija discontino a ninguna companera que tenia contrato no despediro solo a my yn fecha de16 03 estoy trabahando y cu est fecha me despediroy me dado firmar bajay yo firmado porque no sabia de Erte da me una reposta por favor
Hola Anuta,
¿Cuál ha sido la causa de su despido? la norma no estaba aprobada con fecha 16. Tendrá derecho a la correspondiente prestación por desempleo.
Un saludo!
My despedido era por que no avya trabahoestoy trabajando en un hotely antes de corona virus o smana me dicho que me va dar de baja la fin de marzo y en fecha de 16 03 estoy trabahando y al fin de traboho me dicho te voy dar de baja ahora yo no savia en esto dias de erte y firmava la baja
Necesito una repuesta
Le he respondido en su pregunta Anuta, respondo siempre en el menor tiempo posible pero tengo varias consultas y lo hago por orden de llegada. Les ruego que tengan paciencia. No suelo tardar apenas en contestar.
Hola Anuta,
su despido no entra dentro de la norma, la cual no tiene efecto retroactivo. Pero no se puede despedir por coronavirus, si puede demostrar que su despido ha sido por esto se considerará nulo y deberá ser readmitida.
Un saludo.
Y que tengo hacer oque puedo hacer
Hola Anuta,
si cree que su despido es improcedente. Se ha realizado un ERTE en su empresa y a usted no la han incluido puede poner una demanda ante la jurisdicción social.
Un saludo!
Puede darme una repuesta
Hola esta demanda donde lo puede hacer y como por favor ayudame
Hola Anuta,
una pregunta, cuando acababa realmente su contrato?¿Que tipo de contrato tenía?
Yo soy fija discotino y empezado trabaharen3 02 2020 y antes de fecha de my despido en fecha 10 11 de marzo me dicho que me va dar de baja al fin de mes porque ay poco trabajo yn dia de 16 estoy trabajando cuado se acabo trabajo me dicho que me va dar de baha y con esta fecha me dado de baha y yo firmado baha por que no savia de erte
¿Ha firmado baja voluntaria?
Buenos dias..las empleadas de hogar que han trabajado sin contrato no reciben ninguna ayuda??
Hola Ana,
uno de los requisitos para solicitar la ayuda es estar dada de alta, así que me temo que no.
Podemos mirar si por su edad, condiciones o comunidad autónoma le corresponde alguna prestación.
Un saludo.
Hola buenas haber si me podrias alludar porque mi jefe meesta volviendo loco desde que empezo esto el 14 de marzo.llevo 10 meses con el y haciendome contratitos de fin de obra.dia 14 me avisa que seaacavado la obra ciendo mentira .al otro dia qye es por el coronavirus y al otro dia que es porque va a llover .me hace firmar porque ledigo que lo voi a denunciar el dia 18 un papel como que el dia 2 de abril causa baja en la empresa por fin de obra.durante esos dias voi solo 1 dia a trabajar por que los demas llueve y le interesa que termine la obra.yo ledigo que medespida o fi de obra para poder cobrar el paro y mareandome ni me paga esos dias del 14 de marzo asta el dia de hoi.y ahora lla aunque me diera los papeles no podria cobrar el paro.hoi me yama y medice que al fin de obra del dia 2 de abril vaaa a suplementar 15 dias mas mesta volviendo loco que devo hacer gracias contestame estoi desesperado.y me amenasa que sino le firmo la nomina de este mes entera y pagandome 10 dias que nome paga ni los 10 dias trabajados
Hola Javier,
lo primero para trabajar solo debe ser en un sector esencial. No se puede despedir por coronavirus, el despido sería declarado nulo o improcedente y tendría derecho a readmisión o indemnización.
Debe reclamar el salario de los días que no han sido pagados. No se de de baja voluntaria porque no tendrá derecho a paro. La construcción no puede trabajar estos días, las obras no pueden continuar por lo que no puede trabajar. Debe recibir su sueldo normal estos días.
Un saludo Javier, mucho ánimo!
Hola,
Soy fijo discontinuo y a dia 1 de abril ya debería de haber empezado a trabajar, sin embargo sigo cobrando el paro que tenia acumulado pero que ya esta a punto de agotarse. La empresa no se ha puesto en contacto conmigo para nada. Se supone que deberia de entrar en un ERTE. Que debo hacer??
Un saludo y gracias
Hola Rober,
Se va a producir la reposición de las prestaciones consumidas por las personas con contratos de trabajo fijos discontinuos que hayan visto interrumpida su actividad como consecuencia del impacto del COVID-19 durante periodos que, en caso de no haber concurrido dicha circunstancia extraordinaria, hubieran sido de actividad, podrán volver a percibirse, con un límite máximo de 90 días, cuando vuelvan a encontrarse en situación legal de desempleo.
Póngase en contacto con el SEPE para percibir la prestación contributiva de desempleo durante este tiempo.
Te dejo aquí los pasos para contactar con el SEPE https://arealaboralsocial.es/?p=362
Un saludo y mucho ánimo estos días.
A mi marido le obligaron a firmar una baja voluntaria que se hizo efectiva el día 31 de marzo porque no podían despedirle, esto es legal? Gracias
Hola Ani,
No es algo legal, no pueden obligarte a firmar una baja voluntaria. Si firmas una baja voluntaria pierdes el derecho a la prestación de desempleo.
Un saludo y mucho ánimo estos días.
Por que una empresa dedicada a los plasticos (convenio de la quimica) tiene 4 trabajadores y los está despidiendo de forma improcedente en lugar de realizar un erte??? Trabajo no hay porque trabajan a otras empresas pero no se porque prefieren despedir e indemnizar antes que el erte es lógico??? Gracias
Hola Mía,
no es algo lógico, el Gobierno agilizó y promovió los ERTE precisamente para que no se realizaran despidos. No debería ser así.
Un saludo y mucho ánimo estos días.