Disponible la línea de ayudas de préstamos para el alquiler

Disponible la línea de ayudas de préstamos para el alquiler. La línea de préstamos avalados por el Estado y sin intereses que el Gobierno habilitó para inquilinos con problemas para afrontar el pago de alquiler de su vivienda a consecuencia de la actual crisis están ya disponibles. Once bancos se han sumado a la ayuda firmando el correspondiente acuerdo con el ICO. Las once primeras entidades en sumarse a la iniciativa y, por tanto, en las que se podrá pedir el crédito son: Bankia, Santander, Sabadell, Cajamar, Liberbank, Unicaja, Abanca, Bankoa, Laboral Kutxa, Caja Pollença y Caja Ontenient. El Gobierno permite a los inquilinos con “problemas puntuales” para pagar la renta pedir un crédito con el que podrán cubrir hasta el 100% del importe del alquiler mensual. El préstamo será de un máximo de 900 euros al mes durante un periodo de seis meses, esto es, de 5.400 euros por beneficiario. Tendrán carácter retroactivo, dado que permitirán cubrir el alquiler desde el pasado 1 de abril. Los préstamos se pueden solicitar en los bancos que se han sumado a la iniciativa hasta el próximo 30 de septiembre, si bien el plazo podría prorrogarse dos meses más.

Disponible la línea de ayudas de préstamos para el alquiler. Requisitos:

Podrán solicitar estos créditos inquilinos que tengan un contrato de alquiler para vivienda habitual en vigor y de acuerdo a la ley, y que se encuentren en situación de “vulnerabilidad económica” consecuencia del coronavirus. Para pedir el crédito, el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar del mes anterior a la solicitud de la ayuda puede superar cinco veces el IPREM. Este indicador es de 537,89 euros, con lo que dicho límite de ingresos es de 2.689 euros. Es preciso acreditar que el importe resultante de sumar la renta que pagan por el alquiler y los gastos y suministros básicos es igual o superior al 35% total de dichos ingresos de la unidad familiar. Una vez concedido el préstamo, el banco pagará directamente las seis mensualidades al propietario del piso alquilado, con periodicidad mensual, salvo que se acuerde otra. Con un pago inicial que comprenda las mensualidades devengadas y no pagadas desde el 1 de abril de 2020 hasta la firma del contrato de préstamo. El inquilino tendrá seis años para devolver el préstamo, con un periodo de carencia inicial de seis meses. Una vez pasados los tres primeros años desde la concesión y hasta seis antes del plazo de amortización inicial se puede pedir una prórroga de otros cuatro años.        

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